RECOMENDACIONES PARA UN ESTILO EFICAZ [ejercicios]

MAP : Manual de estilo del lenguaje administrativo (1993), Madrid: Ministerio para las Administraciones Públicas.

Se están adoptando medidas en muchos países para la clarificación de un lenguaje administrativo que, en ocasiones, es difícil de interpretar y desentrañar. En España, desde 1989 se están llevando a cabo una serie de actuaciones para la “mejora de la inteligibilidad del lenguaje administrativo”. Se busca modernizar y simplificar el lenguaje administrativo para hacerlo más sencillo y comprensible. Se ha elaborado un “Manual de estilo” (de 1993) sobre todo para la redacción de los documentos administrativos dirigidos a los ciudadanos (¿y entre los especialistas ? ? ?).

El manual se estructura en los siguientes apartados :

1. ORTOGRAFÍA
2. GRAMÁTICA (por orden alfabético)

  • Infinitivo
  • Laísmo,leísmo, loísmo
  • Neutro “lo”
  • Nombre
  • Número
  • Participio
  • Posesivo
  • Preposición
  • Pronombres átonos pospuestos
  • Pronombres tónicos antepuestos
  • Queísmo
  • Reflexivo (pronombre)
  • Régimen verbal
  • Relativo (pronombre)
  • Subjuntivo
  • Tiempos Verbales


3. ESTILO (ampliar)

4. USO NO SEXISTA del lenguaje administrativo (varios apartados) (ampliar)

5. DICCIONARIO de Términos y Frases (por orden alfabético)


Llegados a este punto, lo que a nosotros más nos interesa es su GRAMÁTICA Y ESTILO . En una primera fase de investigación, los autores del manual:

    1. Reconocen el carácter culto, incluso arcaico, del lenguaje administrativo con respecto a la realidad social ;
    2. Señalan el acusado grado de tecnicismo en muchos de los documentos administrativos estudiados, lo que dificulta, como es lógico, su comprensión por los particulares ;
    3. Constatan el influjo de la lengua común en el lenguaje administrativo y viceversa;
    4. Ponen de manifiesto la todavía lenta aunque paulatina, penetración de formas modernizantes en el lenguaje administrativo ;
    5. Registran y advierten, además, la frecuencia de aquellos usos erróneos.

“La investigación previa a la realización de este Manual demuestra que el lenguaje administrativo, al menos en su uso escrito y en la variante de comunicación directa entre la Administración y los particulares, cuenta con unas características definitorias propias, tanto de vocabulario como de gramática y de estilo, suficientes para afirmar la existencia de un lenguaje administrativo específico de la Administración Pública.
Otra cosa sería juzgar si sus rasgos definitorios son adecuados en el momento actual o si están o no suficientemente justificados.” (p.28)

Por ello, se propone en el manual “la conveniencia de abandonar giros, expresiones y términos alejados del uso normal de la lengua y su sustitución por otros más próximos que todo el mundo pueda comprender.” (p.28).

Se han observado los siguientes rasgos peculiares (p.29):

  • Un léxico especial.
  • Acepciones propias y particulares de términos de la lengua común, a veces no consignadas en los diccionarios.
  • Abundante uso de determinadas formas gramaticales.
  • Repetición de estructuras sintácticas.
  • Acumulación de formas y construcciones arcaicas y poco habituales en la lengua actual.
  • Empleo de circunloquios.
  • Exceso de locuciones prepositivas.
“El estilo administrativo, en su intento de búsqueda de los valores de precisión, eficacia y concreción incurre en el defecto de acumular en el discurso términos y frases, lo cual de lugar a abigarramiento y falta, por consiguiente, de claridad.” (p.147)

RECOMENDACIONES

Junto a todos estos fenómenos, en el lenguaje jurídico-administrativo actual se detectan otros que obedecen a otra tendencia opuesta : la de la modernización de la imagen de las instituciones públicas y el acercamiento del lenguaje al estándar. Hasta tal punto ha sido así que se ha recogido, para el inglés (Plain English Campaign), la siguiente lista de recomendaciones que sería deseable que, en un futuro próximo, se emularan en el lenguaje jurídico-administrativo español.

  • Uso de un lenguaje apropiado al mensaje y a los destinatarios, de tal modo que la información resulte accesible (MAHER 1996 : 9-20).
  • Uso de un lenguaje cotidiano, de tipo conversacional.
  • Uso de sintaxis simple y frases cortas.
  • Empleo de las formas verbales en voz activa.
  • Elección de formas de tratamiento de primera y segunda persona. (A este respecto, en español, hubo una Orden de Presidencia del Gobierno de 31 de diciembre de 1958 por la que se disponía la supresión de fórmulas de salutación y despedida en las comunicaciones de mero trámite entre órganos administrativos : el famoso “Dios guarde a V.I.”).
  • No utilización de formas de extranjerismos ni tecnicismos.
  • Definición del mensaje con el fin de lograr una mayor eficacia comunicativa y de ofrecer la información de la forma más clara y eficaz.
  • Uso de léxico estándar.

Con la excepción de unos tímidos intentos en la década de los 60 (1958) y un reciente interés en los 80 (1981 y 1986), nunca ha habido un intento serio de modernizar o simplificar el lenguaje jurídico-administrativo. Sin embargo, dada la actual situación histórica de nuestro país, con administraciones bilingües que, amparándose en el marco constitucional y en las virtualidades racionalizadoras de la ley del procedimiento administrativo, han emprendido una modernización más vigorosa, es previsible que en un futuro muy cercano esta modernización llegue también al castellano.

En lo que se refiere a este aspecto, existe ya un manual de estilo del lenguaje administrativo —MAP 1990— y una orden ministerial de 7 de julio —BOE 22 de julio de 1986— en la que se predicen las reglas de claridad y concisión en la redacción de documentos administrativos. Algunas propuestas aparecen resumidas en PRIETO 1991 : 134-141.

 


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