RECOMENDACIONES
PARA UN ESTILO EFICAZ [ejercicios]
MAP
: Manual de estilo del lenguaje administrativo (1993),
Madrid: Ministerio para las Administraciones Públicas.
Se
están adoptando medidas en muchos países para
la clarificación de un lenguaje administrativo que, en
ocasiones, es difícil de interpretar y desentrañar.
En España, desde 1989 se están llevando a cabo
una serie de actuaciones para la “mejora de la inteligibilidad
del lenguaje administrativo”. Se busca modernizar y simplificar
el lenguaje administrativo para hacerlo más sencillo
y comprensible. Se ha elaborado un “Manual de estilo”
(de 1993) sobre todo para la redacción de los documentos
administrativos dirigidos a los ciudadanos (¿y entre
los especialistas ? ? ?).
El
manual se estructura en los siguientes apartados :
1.
ORTOGRAFÍA
2. GRAMÁTICA (por orden alfabético)
3. ESTILO (ampliar)
4.
USO NO SEXISTA del lenguaje administrativo (varios
apartados) (ampliar)
5. DICCIONARIO de Términos y Frases
(por orden alfabético)
Llegados a este punto, lo que a nosotros más nos interesa
es su GRAMÁTICA Y
ESTILO . En una primera fase de investigación, los
autores del manual:
-
Reconocen
el carácter culto, incluso arcaico, del lenguaje
administrativo con respecto a la realidad social ;
-
Señalan
el acusado grado de tecnicismo en muchos de los documentos
administrativos estudiados, lo que dificulta, como es
lógico, su comprensión por los particulares
;
-
Constatan
el influjo de la lengua común en el lenguaje administrativo
y viceversa;
-
Ponen
de manifiesto la todavía lenta aunque paulatina,
penetración de formas modernizantes en el lenguaje
administrativo ;
-
Registran
y advierten, además, la frecuencia de aquellos
usos erróneos.
“La
investigación previa a la realización de
este Manual demuestra que el lenguaje administrativo,
al menos en su uso escrito y en la variante de comunicación
directa entre la Administración y los particulares,
cuenta con unas características definitorias propias,
tanto de vocabulario como de gramática y de estilo,
suficientes para afirmar la existencia de un lenguaje
administrativo específico de la Administración
Pública.
Otra cosa sería juzgar si sus rasgos definitorios
son adecuados en el momento actual o si están o
no suficientemente justificados.” (p.28)
Por
ello, se propone en el manual “la conveniencia de
abandonar giros, expresiones y términos alejados
del uso normal de la lengua y su sustitución por
otros más próximos que todo el mundo pueda
comprender.” (p.28).
|
Se
han observado los siguientes rasgos peculiares (p.29):
- Un
léxico especial.
-
Acepciones propias y particulares de términos de
la lengua común, a veces no consignadas en los diccionarios.
-
Abundante uso de determinadas formas gramaticales.
- Repetición
de estructuras sintácticas.
- Acumulación
de formas y construcciones arcaicas y poco habituales en
la lengua actual.
-
Empleo de circunloquios.
-
Exceso de locuciones prepositivas.
“El
estilo administrativo, en su intento de búsqueda
de los valores de precisión, eficacia y concreción
incurre en el defecto de acumular en el discurso términos
y frases, lo cual de lugar a abigarramiento y falta, por
consiguiente, de claridad.” (p.147)
|
RECOMENDACIONES
Junto a todos estos fenómenos, en el lenguaje jurídico-administrativo
actual se detectan otros que obedecen a otra tendencia opuesta
: la de la modernización de la imagen de las instituciones
públicas y el acercamiento del lenguaje al estándar.
Hasta tal punto ha sido así que se ha recogido, para
el inglés (Plain English Campaign), la siguiente
lista de recomendaciones que sería deseable
que, en un futuro próximo, se emularan en el lenguaje
jurídico-administrativo español.
-
Uso
de un lenguaje apropiado al mensaje y a
los destinatarios, de tal modo que la información
resulte accesible (MAHER 1996 : 9-20).
-
Uso de un lenguaje cotidiano, de tipo conversacional.
-
Uso
de sintaxis simple y frases cortas.
-
Empleo
de las formas verbales en voz activa.
-
Elección
de formas de tratamiento de primera y segunda
persona. (A este respecto, en español, hubo una Orden
de Presidencia del Gobierno de 31 de diciembre de 1958 por
la que se disponía la supresión de fórmulas
de salutación y despedida en las comunicaciones de
mero trámite entre órganos administrativos
: el famoso “Dios guarde a V.I.”).
-
No
utilización de formas de extranjerismos ni tecnicismos.
-
Definición del mensaje con el fin de lograr una mayor
eficacia comunicativa y de ofrecer la información
de la forma más clara y eficaz.
-
Uso
de léxico estándar.
Con
la excepción de unos tímidos intentos en la década
de los 60 (1958) y un reciente interés en los 80 (1981
y 1986), nunca ha habido un intento serio de modernizar o simplificar
el lenguaje jurídico-administrativo. Sin embargo, dada
la actual situación histórica de nuestro país,
con administraciones bilingües que, amparándose
en el marco constitucional y en las virtualidades racionalizadoras
de la ley del procedimiento administrativo, han emprendido una
modernización más vigorosa, es previsible que
en un futuro muy cercano esta modernización llegue también
al castellano.
En
lo que se refiere a este aspecto, existe ya un manual de estilo
del lenguaje administrativo —MAP 1990— y una orden
ministerial de 7 de julio —BOE 22 de julio de 1986—
en la que se predicen las reglas de claridad y concisión
en la redacción de documentos administrativos. Algunas
propuestas aparecen resumidas en PRIETO 1991 : 134-141.