ORTOTIPOGRAFÍA EN LOS TEXTOS JURÍDICOS

Los documentos legales son muy variados en lo que se refiere a las convenciones tipográficas. De hecho, lo son hasta el punto de obligarnos a plantearnos la idea de convención tipográfica , pues no parece que haya una forma uniformizada de abordar las características tipográficas de este tipo de textos. Ello es debido a diversas razones.

En primer lugar, influye el factor de la tradición y la costumbre; el hecho de que siempre haya sido así y nadie se haya planteado hasta ahora un cambio de planteamiento basta para creer que es el método más correcto. En segundo lugar, interviene la idiosincrasia de cada juez y cada juzgado. De alguna forma, los diferentes servicios judiciales entienden esta arbitrariedad estilística como algo que les pertenece por derecho y que utilizan como distintivo, como marca de identidad.

De todos modos, pueden observarse algunas regularidades. Para describirlas, distinguimos los textos utilizados en el ámbito jurídico de los que se utilizan en el ámbito administrativo.

Es verdad que ambos grupos comparten ciertos aspectos lingüísticos, que en algunos casos pueden llegar a ser claramente coincidentes. Aun así, cada uno de ellos conserva un estilo y unas convenciones tipográficas propias.

- Textos administrativos

- Textos jurisprudenciales (Sentencias)

TEXTOS ADMINISTRATIVOS

Para los textos administrativos, os recomendamos que visitéis la versión on-line del libro de estilo para la redacción de textos administrativos de la UPF. La podréis encontrar en la siguiente dirección:

http://www.upf.edu/grec/gl/docadm/index.htm

(página íntegramente en catalán *).

* Hay que decir que, aunque la página esté escrita en catalán, los criterios y documentos, son de aplicación general en todo el ámbito estatal.

TEXTOS JURISPRUDENCIALES

Si bien es verdad que al comparar diferentes tipos de texto nos encontramos enseguida ante una variopinta combinación tipográfica, e incluso estilística, no es menos cierto que en todas ellas se cumplen las condiciones que siguen:

El tamaño de letra siempre es el mismo.

Los encabezamientos (títulos) de las partes de los textos aparecen siempre centrados y destacados, generalmente, en negrita.

Se alternan las siguientes marcas tipográficas: negrita, mayúsculas, cursiva, así como múltiples combinaciones de todas ellas.

- Uso de la negrita

- Uso de las MAYÚSCULAS

De todos modos, es frecuente encontrarse con sentencias que no destacan tipográficamente la referencia a las partes actoras intervinientes en la situación legal.

De la misma forma, la falta de cohesión de criterios se hace evidente cuando, dentro de un mismo texto (una sentencia, por ejemplo) nos encontramos con partes de éste en las que se destacan palabras que no se destacan en otras partes del mismo. Se plasma, así, una grave falta de convención y de criterio unificador.

Una vez descritas las características tipográficas principales que observamos en los textos jurídicos, pasaremos a describir con más detalle la idiosincrcia de uno de sus tipos textuales: la sentencia. Las sentencias son los documentos legales que, expedidos por un juez, dan fe del veredicto (o fallo) que éste ha emitido sobre un caso.

Por lo general, la superestructura textual de las sentencias es la siguiente:

Encabezado (SENTENCIA)

ANTECEDENTES DE HECHO

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FALLO

Para más información sobre las distintas partes de la sentencia y ciertas particularidades de las mismas, podéis consultar el capítulo “Sentencias” en “Modelos de Textos”.

Las sentencias son textos queridamente ordenados y estipulados siguiendo las más estrictas convenciones discursivas. Sin embargo, no ocurre lo mismo con las convenciones ortotipográficas que rigen el ámbito microtextual de éstas.

A continuación presentamos una lista de las distintas variantes tipográficas y sus principales ámbitos de uso, acompañadas de los ejemplos pertinentes.

NEGRITA:

El uso de la letra negrita es el más extendido y más productivo. Se utiliza, principalmente, para destacar los nombres propios de los diferentes actores legales, así como para poner de relevancia ciertos nombres comunes, como el motivo del texto o algún instrumento legal relevante para el texto en cuestión. Asimismo, la letra negrita se utiliza para todos los títulos. Tanto para aquellos que anuncian sus partes, como para los que introducen los diferentes capítulos de éstas.

Ejemplos de uso:

Nombres propios:

“...interpuesto por la Autoridad Portuaria de Avilés ...

“... Es parte recurrida don José Manuel P. C. ...

Nombres comunes (relevantes a efectos legales):

“...el Juzgado de lo Social número Dos de los de Albacete...”

“...sobre reclamación de cantidad...”

“... contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior...”

Para los demás usos de la negrita y para ver más ejemplos de las especificaciones ya descritas, os recomendamos que consultéis las siguientes sentencias.

MAYÚSCULAS:

Se escriben con mayúscula los nombres propios y los títulos de los implicados en el juicio (tanto si se trata del personal jurídico como del civil). Igualmente, como ya se ha dicho antes, todos los títulos de apartados y subapartados se escriben en mayúsculas.

Por otra parte, hay casos en que la negrita se sustituye por las mayúsculas, manteniendo el afán de destacar las partes del texto más relevantes. Este hecho puede darse incluso dentro de una misma sentencia.

En cuanto a otros textos del ámbito jurídico, como las demandas o los contratos, encontramos diferencias estilísticas y tipográficas aún más importantes. Esto es debido al hecho de que este tipo de documentos es elaborado por los letrados y, por lo tanto, parece lógico que cada uno acabe aplicando al texto su criterio personal a falta de una convención consensuada por parte del colectivo.

 


TEXTOS JURÍDICOS
TÉCNICAS DE ESCRITURA